Vencimiento Bienes Personales 2020
Les recordamos que el próximo 31 de agosto opera el vencimiento para la presentación de la declaración jurada informativa de Bienes Personales por el ejercicio 2020.
¿Quienes están obligados a presentarla?
Personas humanas que en el período fiscal 2020 obtuvieron ingresos/rentas iguales o superiores a $ 2.500.000 por las siguientes actividades:
- Desempeño de cargos
públicos nacionales, provinciales, municipales y de C.A.B.A, incluidos los
cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. Magistrados,
Funcionarios y Empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público de la
Nación.
- Trabajo en relación de
dependencia.
- Jubilaciones, pensiones,
retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el
trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.
- Servicios personales
prestados por los socios de las sociedades cooperativas de trabajo, que trabajen
personalmente en la explotación, inclusive el retorno percibido por aquéllos.
- Planes de seguros de
retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la
Superintendencia de Seguros de la Nación, que se perciban bajo la modalidad de
renta vitalicia previsional.
- Actores que perciban
sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
- alguna de las
siguientes rentas por:
- Actividades como Monotributista.
- Dividendos y utilidades asimilables.
- Rendimiento producto
de la colocación de capital en valores.
- Intereses (o
rendimientos) y descuentos o primas de emisión.
- Exentas, no alcanzadas
o no computables en el impuesto a las ganancias.
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hacer tus consultas.